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Cómo calcular las horas extra en España 2026: precio, recargo y límites

Cómo calcular las horas extra en España 2026: precio, recargo y límites

LegalControl horario

En España se realizan millones de horas extra cada semana y una buena parte no se paga ni se registra correctamente, lo que expone a la empresa a sanciones de entre 625 € y 6.250 € por trabajador.

En resumen, para calcular una hora extra: divide tu salario bruto anual entre las horas ordinarias anuales de tu convenio para obtener el valor de la hora ordinaria, y multiplícalo por (1 + el recargo que fije tu convenio). La ley solo obliga a pagar la hora extra, como mínimo, al valor de la hora ordinaria (no existe un recargo único obligatorio del 75%), el límite es de 80 horas extra al año por trabajador y cotizan al 28,3% las comunes y al 14% las de fuerza mayor. A continuación lo explicamos paso a paso, con un ejemplo con cifras y cómo registrarlas para cumplir la ley.

Si has llegado aquí buscando "calculadora de horas extra", "cómo calcular las horas extra", "precio de la hora extra" o "cuánto se paga una hora extra en 2026", esta es la guía más completa que vas a encontrar. En JornAda llevamos el control horario de más de 3.000 empresas, así que estas cuentas las vemos cada día.

Índice de contenidos

Qué son las horas extraordinarias y qué tipos hay

Las horas extraordinarias son las horas de trabajo que superan la duración máxima de la jornada ordinaria pactada en tu contrato o en tu convenio colectivo. La jornada ordinaria máxima legal es de 40 horas semanales de media en cómputo anual, así que toda hora por encima de ese límite (o del pactado en tu convenio, si es inferior) es una hora extra. Lo regula el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores.

La ley distingue dos tipos de horas extraordinarias, y la diferencia es importante porque cotizan distinto:

  • Horas extra comunes o estructurales: las que responden a picos de trabajo, pedidos o ausencias. Son voluntarias, salvo que se hayan pactado en el contrato o en el convenio colectivo.
  • Horas extra por fuerza mayor: las necesarias para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes. Son obligatorias para el trabajador y no computan en el límite anual.

Ojo con dos casos particulares: los trabajadores con contrato a tiempo parcial no pueden hacer horas extraordinarias, sino "horas complementarias" (que tienen sus propias reglas), y los menores de 18 años tienen prohibido hacer horas extra.

Cómo calcular el precio de una hora extra (fórmula)

Calcular una hora extra son dos pasos: primero obtienes el valor de tu hora ordinaria y después le aplicas el recargo de tu convenio.

Paso 1 — Valor de la hora ordinaria. Divide tu retribución bruta anual entre el número de horas ordinarias que trabajas al año según tu convenio:

  • Precio hora ordinaria = Salario bruto anual ÷ Horas ordinarias anuales del convenio

Si prefieres partir del salario mensual, divide el salario bruto del mes entre las horas efectivamente trabajadas ese mes.

Paso 2 — Aplica el recargo. La hora extra se paga como mínimo al valor de la hora ordinaria, más el recargo que fije tu convenio:

  • Precio hora extra = Precio hora ordinaria × (1 + % de recargo)

Si tu convenio no fija recargo, la hora extra nunca puede pagarse por debajo del valor de la hora ordinaria. Veámoslo con números.

Ejemplo de cálculo paso a paso

Imagina a una trabajadora con un salario bruto de 21.000 € al año y una jornada de 1.770 horas anuales según convenio. Su convenio establece un recargo del 75% para las horas extraordinarias.

  1. Hora ordinaria: 21.000 € ÷ 1.770 h = 11,86 €/hora.
  2. Recargo del 75%: 11,86 € × 1,75 = 20,76 €/hora extra.
  3. Si hizo 10 horas extra ese mes: 10 × 20,76 € = 207,60 € brutos a añadir en la nómina.

Cambia solo el porcentaje de recargo y el resultado varía: con un recargo del 25%, esa misma hora extra valdría 14,83 €; sin recargo (pago al valor ordinario), 11,86 €. Por eso lo primero que debes mirar siempre es tu convenio colectivo.

Muy pronto podrás hacer este cálculo automáticamente con nuestra calculadora de horas extra online.

Recargo: cuánto se paga realmente una hora extra

Aquí está el gran malentendido: mucha gente cree que existe un recargo legal obligatorio del 75%. No es así. Ese 75% procede de una normativa antigua y ya no es de aplicación general.

Lo que dice hoy el artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores es que la hora extra se abona, como mínimo, al valor de la hora ordinaria, y que la cuantía concreta (el recargo) la fija el convenio colectivo o, en su defecto, el contrato de trabajo. En la práctica, los recargos suelen moverse entre el 25% y el 75% según el convenio y el sector. Conclusión: no hay un porcentaje único válido para todos; consulta siempre tu convenio para saber el recargo exacto que te corresponde.

Pago en dinero o descanso compensatorio

Las horas extraordinarias se pueden compensar de dos formas, y esto también lo decide el convenio o el acuerdo con la empresa:

  • Retribución económica: se pagan en nómina con el recargo correspondiente.
  • Descanso compensatorio: se cambian por tiempo libre equivalente, que debe disfrutarse dentro de los 4 meses siguientes a su realización.

Hay un matiz clave con enorme impacto práctico: las horas extra compensadas con descanso dentro de esos 4 meses no computan en el límite anual de 80 horas. Si no se pacta nada, se entiende que se compensan con descanso.

El número máximo de horas extraordinarias es de 80 al año por trabajador, según el artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores. Pero hay excepciones que no cuentan para ese tope:

  • Las horas por fuerza mayor no computan en el límite (y, además, son obligatorias).
  • Las horas compensadas con descanso en los 4 meses siguientes tampoco computan.
  • El límite se prorratea para contratos a tiempo parcial y para quienes no trabajan el año completo.

Superar el tope legal o no registrar las horas extra es una de las infracciones que la Inspección de Trabajo detecta con más frecuencia, y las sanciones van de 625 € a 6.250 € por trabajador afectado.

Cotización de las horas extra en 2026

Las horas extraordinarias cotizan a la Seguridad Social con una cotización adicional específica, y el tipo depende del tipo de hora:

  • Horas extra comunes o estructurales: tipo del 28,3% (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% a cargo del trabajador).
  • Horas extra por fuerza mayor: tipo reducido del 14% (12% empresa y 2% trabajador).

Un detalle importante para el trabajador: estas cotizaciones adicionales cubren contingencias como desempleo o formación, pero no computan en la base reguladora de la pensión de jubilación. Además, las horas extra deben aparecer desglosadas en la nómina, separadas del salario ordinario.

Cómo registrar las horas extra y cumplir la ley

Desde el Real Decreto-ley 8/2019, todas las empresas están obligadas a llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador, que incluye las horas extraordinarias. Ese registro debe conservarse 4 años y estar a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo. Además, el total de horas extra realizadas debe comunicarse mensualmente al trabajador y a la representación legal.

En JornAda, con más de 3.000 empresas gestionando su control horario con nosotros, el error que más vemos con las horas extra no es calcularlas mal: es no dejar rastro de cuándo se hicieron. Sin fichajes que respalden esas horas, la empresa no puede demostrar ante una inspección ni que existieron ni que se compensaron con descanso, y ahí es donde llegan las sanciones.

Llevar esto en papel o en una hoja de cálculo es una fuente constante de errores y de sanciones. Con un software de control horario como JornAda, cada fichaje queda registrado automáticamente, el sistema calcula las horas que superan la jornada ordinaria y genera el registro legal listo para descargar. Puedes fichar desde el móvil, la web, una tablet en modo kiosco con PIN o con lector RFID por WiFi, y tener el cómputo de horas extra siempre cuadrado.

Para entender bien la obligación legal, te recomendamos leer nuestra guía sobre el Real Decreto de registro de jornada y, si aún dudas qué sistema elegir, el artículo sobre qué sistema de fichaje elegir.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga una hora extra en 2026?

Como mínimo, al valor de la hora ordinaria; el recargo lo fija el convenio colectivo y suele situarse entre el 25% y el 75%. Para calcularlo, divide tu salario bruto anual entre las horas anuales del convenio y multiplica por (1 + recargo).

¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?

Un máximo de 80 horas al año por trabajador. No cuentan para ese límite las horas por fuerza mayor ni las que se compensan con descanso dentro de los 4 meses siguientes.

¿Es obligatorio hacer horas extra?

No, las horas extra comunes son voluntarias salvo que se hayan pactado en el contrato o el convenio. Solo son obligatorias las horas extraordinarias por fuerza mayor.

¿Las horas extra cotizan a la Seguridad Social?

Sí. Las comunes cotizan al 28,3% y las de fuerza mayor al 14%. No computan en la base reguladora de la pensión de jubilación, pero sí para otras contingencias.

¿Se pueden compensar las horas extra con días libres?

Sí. Se pueden pagar en dinero con recargo o compensar con descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes. Si se compensan con descanso, no cuentan en el límite de 80 horas anuales.

¿Un contrato a tiempo parcial puede hacer horas extra?

No. Los contratos a tiempo parcial no realizan horas extraordinarias, sino horas complementarias, que se rigen por reglas distintas y deben estar pactadas.

¿Cómo debo registrar las horas extra?

Con un registro diario de jornada, obligatorio por el Real Decreto-ley 8/2019, que hay que conservar 4 años. Un software de control horario lo genera automáticamente y evita sanciones. Consulta más dudas en nuestras preguntas frecuentes sobre control horario.

Conclusión

Calcular las horas extra se reduce a tres datos: el valor de tu hora ordinaria, el recargo de tu convenio y el respeto de los límites legales (80 horas al año y correcta cotización). El error más caro no es calcularlas mal, sino no registrarlas: sin un registro de jornada válido, la empresa se juega multas de hasta 6.250 € por trabajador.

Con JornAda registras la jornada y las horas extra de todo tu equipo de forma automática y conforme a la ley, desde 1,40 €/usuario al mes. Empieza tu prueba gratuita o consulta nuestros planes.

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